


|
Los alumnos que utilizan el servicio del comedor tienen los siguientes derechos como usuarios del mismo: - Recibir una alimentación adecuada en cantidad y calidad. - Participar en las actividades formativas y recreativas que se realizan en las horas posteriores a la comida. - Exponer ideas y sugerencias que mejoren la calidad del servicio. - Recibir atención por parte de las monitoras del comedor. - Comer en las condiciones higiénicas adecuadas. - Solicitar la concesión de ayudas en caso de necesitarlas.
El alumnado que utiliza el servicio de comedor está obligado a cumplir las siguientes normas, que garantizan la mejor prestación de los servicios de comedor. Por ello tendrán los siguientes deberes que cumplir: - Respetar los horarios de comida. Ningún alumno se podrá incorporar al comedor pasados 15 minutos de su inicio. - Cumplir las normas higiénicas. - Guardar el debido respeto hacia compañeros y compañeras, así como a los trabajadores/as del comedor. - Cuidar el material del comedor. - Seguir las normas de funcionamiento y convivencia que las monitoras y la comisión del comedor determinen. - Permanecer en el centro desde las 13 horas hasta las 15 horas, que da comienzo la jornada lectiva de tarde.
Las circunstancias siguientes darán lugar a la aplicación de sanciones: - Faltas injustificadas de puntualidad. - Deterioro de las instalaciones y dependencias. - Utilizar maneras y vocabulario inapropiado en la mesa. - Acciones de indisciplina, faltas de respeto u ofensas contra los miembros de la comunidad educativa y personal del comedor. - Agresión física a otros alumnos/as. - Acciones antihigiénicas. - Ausentarse del colegio sin autorización previa. - Apropiación indebida de objetos del centro o de otros alumnos/as.
Las sanciones por el incumplimiento de los deberes y normas anteriores podrán ser: - Amonestación privada verbal. - Amonestación por escrito comunicada a los padres. - Privación de realizar actividades de recreo. - Realización de tareas de mejora del centro. - Reparación del deterioro provocado. - Separación del alumno/a del resto del grupo en las horas de comida. - Privación del derecho de asistencia al comedor, que podrá ser temporal o permanente.
Las sanciones serán aplicadas en primera instancia por las monitoras, que contarán con el respaldo de la comisión de comedor, y en última instancia por el Consejo Escolar.
Los padres de los alumnos/as que asisten al Comedor tienen la obligación de: - Informarse de la alimentación que recibe su hijo/a, así como de su relación con las monitoras y los compañeros/as. - Inculcar a sus hijos/as hábitos de alimentación correctos, así como modos de comportamiento adecuados. - Abonar puntualmente las mensualidades, los diez primeros días de cada mes. - Los alumnos que tengan contraída una deuda con el comedor, no podrán asistir al mismo mientras no efectúen el pago debido. - Las ausencias aisladas de los alumnos al comedor no podrán ser descontadas. Solamente se descontarán si superan tres días seguidos y previa comunicación anticipada a la administración del comedor. - En las devoluciones por ausencias justificadas que superen los tres días, se devolverá sólo el 50% de la minuta, según marca la ley. - Para asistir al comedor, así como para darse de baja, se notificará a la administración del comedor.
LOS ALUMNOS CON ALERGIAS O INTOLERANCIAS DEBEN COMUNICARLO EN SECRETARIA APORTANDO JUSTIFICANTE MÉDICO.
|

![]()